El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el se pueden canjear, de manera recíproca, los permisos de conducir de España y Panamá.
Gracias a este acuerdo quien haya obtenido el permiso de conducir en Panamá podrá conducir temporalmente en España, al igual que si has obtenido el permiso en España podrás conducir temporalmente en Panamá, ua que según se argunmenta en el acuerdo, las señales que regulan la circulación por carretera se ajustan a lo dispuesto en la Convención sobre Circulación por carretera y Señales de Tráfico, adoptada en Viena el 8 de noviembre de 1968, y tanto las clases de permisos y licencias de conducción, como las condiciones que se exigen y las pruebas que se realizan para su obtención, son homologables en lo esencial.
En caso de que se establezca residencia legal en el otro Estado, el titular de un permiso o licencia de conducción válido y en vigor podrá obtener un permiso o licencia de conducción equivalente al del Estado de residencia, salvo las excepciones contempladas para los titulares de un permiso de conducción panameño que soliciten el canje por los equivalentes españoles de las clases C1, C, C+E, D1, D.
En España, quienes quieran solicitar el canje de puntos lo deben solicitar en la Jefatura de Tráfico de la provincia en la que resida y será necesario pedir cita previa, el teléfono para solicitarla es el 060.