Puntos del Reglamento General de Circulación Urbana e Interurbana

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El Reglamento General de Circulación Urbana e Interurbana está en proyecto y ya se van conociendo algunas de las modificaciones que se van a llevar a cabo y ya se sabe que todos los usuarios de la vía van a tener un mayor protagonismo, especialmente los peatones y los ciclistas.

La modificación del Reglamento General de Circulación Urbana e Interurbana pretende centrar esfuerzos en la mejora de la movilidad y la seguridad vial en el tráfico urbano. Aunque también se aprovecha la reforma para atender otros aspectos del Reglamento General de Circulación que requerían de modificación, entre las que se encuentran:

  • Zona 30: se modifica el límite genérico de velocidad en determinadas vías, para reforzar la creación de zonas 30. Con esta medida se permite configurar un nuevo modelo de calle donde ésta se convierte en una zona de coexistencia compartida entre peatón, bicicleta y vehículo de motor. En este contexto son importantes las denominadas “zonas de plataforma única”, que pasan ahora a regularse específicamente.
  • Detección de drogas y estupefacientes: Se establece un procedimiento que tiene en cuenta la detección en saliva, facilitando por tanto los controles preventivos.
  • Bicicleta: Se tomarán e medidas normativas para promover el uso de la bicicleta en las ciudades y para mejorar la seguridad de las personas que utilizan la bicicleta como medio de transporte. Con la nueva normativa la circulación de las bicicletas tendrán reglas propias, diferentes de las de los vehículos de motor.
  • Autocaravanas: se aborda por primera vez el estacionamiento de estos vehículos, las Administraciones locales podrán sancionar el estacionamiento de estos vehículos cuando incumplan las condiciones reglamentarias y, por su parte, los usuarios tendrán la seguridad jurídica de que su estacionamiento no será discriminado, siempre que cumplan las condiciones de estacionamiento establecidas.
  • Auxilio en carretera: también se hace referencia al nuevo servicio de auxilio en carretera para vehículos grúa.
  • Motocicletas y ciclomotores: se suprimen la exención médica para no utilizar el casco de protección y la posibilidad de uso de cascos “certificados”, no homologados. También se da cobertura legal a las denominadas zonas de espera adelantada, tanto en su marcado como en su acceso y uso por los usuarios de estos vehículos. Aedmás, se permite la circulación de motocicletas y ciclomotores por el arcén, en determinadas circunstancias del tráfico.

De momento estas medidas no son definitas puesto que se trata sólo de un borrador de lo que será el Reglamento General de Circulación Urbana e Interurbana, hasta ahora llamado Reglamento General de Circulación.

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