Los profesores de autoescuelas exentos de las pruebas específicas y de mecánica

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La entrada en vigor del Nuevo Reglamento de Conductores, el pasado 8 de diciembre, ha traido consigo muchas dudas en las Jefaturas Provinciales de Tráfico, y una de estas dudas es sobre la realización de pruebas específicas y de mecánica por parte de los profesores de autoescuelas que quieran obtener un permiso de conducción en el que haya que superar estas pruebas.

En algunas Jefaturas de Tráfico, tras la entrada en vigor de este nuevo Reglamento, se está exigiendo a los profesores de Formación Vial la realización de las pruebas de control específicas y de mecánica para la obtención de permisos de conducción. Sin embargo, estos profesores no están obligados a someterse a estas pruebas.

Lo que dice el Reglamento de Escuelas Particulares de Conductores:

En el artículo 52.5 del Reglamento de Escuelas Particulares de Conductores establece, haciendo referencia a las pruebas de control específicas y de mecánica, que “no están obligados a someterse a dichas pruebas los titulares del certificado de aptitud de proferor de Formación Vial que aspiren a la obtención del permiso de conducción para el que sea necesario superarlas”.

Es decir aunque en algunas Jefaturas Provinciales de Tráfico se exija a los profesores de autoescuelas tener que superar estas pruebas realmente no están obligados ya que el Reglamento de Escuelas Particulares de Conductores les exime de ello.

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