El otro día os explicábamos como aprobar el examen práctico de conducir, y os comentábamos que basta cometer una sola falta eliminatoria para suspender la prueba.
Pero… ¿qué se considera una falta eliminatoria?
Es todo comportamiento o incumplimiento de las normas que suponga un peligro para la integridad o seguridad propia o de los demás usuarios de la vía. Así como, en general, el incumplimiento de las señales reguladoras de la circulación que estén tipificadas como infracción grave o muy grave conforme a lo dispuesto en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Hoy nos vamos a detener a explicaros algunas de las faltas que en un examen de conducir se consideran eliminatorias.
Faltas eliminatorias en la progresión normal del vehículo:
Separación lateral:
- Se considera falta eliminatoria reducir peligrosamente la separación lateral con peatones o ciclistas.
Velocidad adaptada al tráfico, vía y otras circunstancias:
- Circular a velocidad inadecuada en función del estado de la vía y las circunstancias atmosféricas, causando riesgo o peligro. En este caso juegan un papel muy importante las circunstancias atmosféricas como fuerte viento, lluvia intensa, niebla densa, fuerte nevada, hielo, nubes de polvo o humo.
- No adaptarse al ritmo del tráfico y/o de la vía, cuando las circunstancias lo permitan, habiendo sido invitado a ello. Es decir, en este caso el examinador nos invita a que adecuemos nuestra velocidad adaptándonos al ritmo del tráfico pero nosotros no lo corregimos.
- Circular salpicando o proyectando cualquier materia, causando riesgo o molestias graves o peligrosas a los demás usuarios (peatones, vehículos de dos ruedas etc….)
- Atravesar a velocidad excesiva un paso para peatones sin visibilidad lateral.
Velocidad máxima:
- Exceder en más de 30 km/h la velocidad genérica establecida.
Faltas eliminatorias en los adelantamientos | Blog para Autoescuelas
Faltas eliminatorias en las interseciones y en un cambio de sentido | Blog para Autoescuelas