Faltas eliminatorias durante el desarrollo de la prueba práctica

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Hoy vamos a explicar las faltas eliminatorias que se pueden cometer en el examen práctico de conducir durante el desarrollo de la prueba, cometer una de ellas hará que automáticamente hayamos suspendido nuestro examen de conducir.

Faltas eliminatorias durante el desarrollo de la prueba:

Accidente:

  • Es una falta eliminatoria golpear a personas, animales, vehículos o elementos.

Maniobra o actuación evasiva:

  • Crear un riesgo cierto y relevante para los otros usuarios, obligándoles a modificar bruscamente la trayectoria o la velocidad.
Falta de visibilidad:
  • Supone una falta eliminatoria girar o circular invadiendo, total o parcialmente, la zona de sentido contrario, en lugar o circunstancias de reducida visibilidad.
Pérdida de dominio:
  • Perder el dominio sobre el vehículo. Se entiende que el alumno ha perdido el dominio sobre el vehículo cuando no sea capaz de controlar su trayectoria en relación con la velocidad.
  • Acompañar reiteradamente con los pies el movimiento de la motocicleta tanto en las arrancadas como en las detenciones, en sucesivas ocasiones a lo largo del recorrido. Se calificará como falta eliminatoria cuando sea como consecuencia de la pérdida de equilibrio.
Caída de la motocicleta:
  • Caerse de la moticleta sin causa justificada es una falta eliminatoria, siempre y cuando la caída sea imputable al alumno.
Intervención del profesor:
  • Ayudar al aspirante en el desarrollo de la prueba, dando instrucciones con signos, palabras o de cualquier otra forma o ejerciendo acción directa sobre los mandos del vehículo, alterando el desarrollo de la misma.
Bordillo
  • Subir al bordillo con alguna de las ruedas. No se calificará como falta eliminatoria cuando se trate de bordillos rebajados o de poca altura, en las maniobras de incorporación, estacionamiento, parada y cambio de sentido.
No seguir las indicaciones del examinador:
  • No seguir reiteradamente las indicaciones del examinador, durante el desarrollo de la prueba. En este caso es importante saber lo que se entiende por reitaradamente, es reitrerado cuando habiendo sido advertido del hecho cada vez que suceda, se dé dicha circunstancia, al menos, en tres ocasiones, (excepto los casos recogidos en el epígrafe 11.4 como falta leve)

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1 comentario

  • 18 noviembre 2021 at 13:27

    Subí el borde con la rueda delantera al cambiar de dirección.i una vez el profesor intervino ,al girar ala izq.Sera q suspendí??

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