Cuando circulamos por una vía interurbana insuficientemente iluminada ¿qué alumbrado tenemos que llevar?
- a) El alumbrado de cruce
- b) El alumbrado de carreterera
- c) El alumbrado de cruce o carretera indistintamente
Respuesta: B
Explicación:
Según el Reglamento de Circulación cuando el conductor de un automóvil circule por una vía insuficientemente iluminada, situada fuera de poblado, a más de 40 km/h y no exista posibilidad de deslumbrar a ningún usuario de la vía, deberá llevar encendido el alumbrado de carretera o largo alcance.
Además de la infracción, los conductores que circulen sólo con la luz de cruce tienen muy reducido su campo de visión por delante del vehículo. Si circula a 100 km/h, lo que equivale recorrer 33 metros por segundo, muy dícilmente podrá detener su vehículo dentro del área iluminada en caso de que surja algún peligro u obstáculo en la calzada.
Sin embargo, circular con la luz de carretera le va a permitir adpatar mejor su velocidad a la zona iluminada y podrá ver con mayor claridad a los peatones y usuarios que circulen por el arcén.
Esto… Entonces la respuesta correcta no será la B??
Efectivamente, ha sido un error de transcripción, como bien dices la respuesta correcta es la B ya que como explicamos cuando circulemos por una vía insuficientemente iluminada, situada fuera de poblado, a más de 40 km/h y no exista posibilidad de deslumbrar a ningún usuario de la vía, deberemos llevar encendido el alumbrado de carretera o largo alcance.
Gracias por haberte dado cuenta del error pepillo