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El bloque político del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) en el Ayuntamiento del Distrito Nacional ha advertido,según el diario «Hoy Digital», a la empresa Norberto Odebrecht de que podría emprender acciones judiciales contra ella si continúa reordenando el tráfico de la Capital sin haber puesto en conocimiento de ello al Consejo de Regidores.

Tráfico en Santo Domingo

El portavoz de la formación, César Cabrera leía, en rueda de prensa, un documento en el que los concejales del partido solicitaban al alcalde, Roberto Salcedo, que impida a la empresa foránea Odebrecht seguir realizando unos cambios que van contra la ley municipal establecida en la Capital y que se obran obviando las facultades otorgadas a la autoridades locales.


Leer más  "Polémicos cambios en el tráfico de Santo Domingo"


La prevalencia de los accidentes de transito, en donde se involucran jóvenes menores de 35 años, se ha convertido en la principal causa de mortalidad en Argentina. Consciente de este problema la Dirección Nacional de Juventud del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, la Dirección Nacional de Vialidad y la Asociación Argentina de Carreras se reunieron para llevar a cabo la primera Campaña Nacional de Educación Vial Joven con la meta de fortalecer el conocimiento de los jóvenes acerca de las normas de seguridad vial.

La propuesta está apoyada por diversas organizaciones de la sociedad civil, el objetivo de la campaña es generar una nueva actitud en las personas con respecto al tránsito, demostrando con hechos que la educación vial es la principal herramienta de prevención para disminuir la tasa de accidentes de tránsito en el país.

Sin embargo, la educación vial para jóvenes es un tema que requiere ir mucho más allá, como incluir la sección que compete a los padres.

Cuestiones

  • Educación vial y jóvenes sin edad suficiente para tener registro, que conducen sin él.
  • Educación vial y jóvenes con edad para tener registro que conducen con él, no obstante lo hacen de forma irresponsable.

En ambos casos, los jóvenes o adolescentes pueden ser causantes de accidentes de tránsito, que deriven en hechos fatales, por otro lado, los costos económicos pasan a ser parte del erario público y finalmente deterioran al producto interno bruto (PIB) del país. Además, la educación vial, debe incluir la capacidad de decisión de los padres, habilidad para negociar una concesión, otorgar o negar los permisos, claridad para definir los límites, entre lo se le permite hacer al joven y lo que está fuera de ellos, y que no respetarlos puede hacer la diferencia entre la vida y la muerte, al momento de conducir.

 

 

 


Los accidentes de tránsito en Chile, se han incrementado considerablemente en los últimos años, encontrando como las causas principales descuidos y evasiones a los reglamentos de tránsito. El análisis de esta situación, dió como resultado que el gobierno actualizará las reglas de tránsito en Chile y endureciera las sanciones penales y económicas.

Los artículos relativos a la regulación vial se presentan a continuación.

  • Artículo 1º. Bajo la presente ley de tránsito quedan sujetas todas las personas, peatones, pasajeros o conductores de cualquier clase de vehículo que transiten por las calles, y demás vías públicas, rurales o urbanas, caminos vecinales o particulares de todo el territorio de la República.
  • Artículos correspondientes a las señales de tránsito para calles y carreteras, en este punto, el departamento de Seguridad vial de la Dirección de Vialidad, pone a disposición de la comunidad el listado de señales vigentes, para autopistas y otros de gran utilidad.
  • Artículo 3º. Las municipalidades dictarán las normas específicas para regular el funcionamiento de los sistemas de tránsito en sus respectivas poblaciones.
  • Artículo 6º. Los conductores de vehículos motorizados o de tracción animal, deben de poseer licencia, permiso o boleta de citación o algún documento que los habilite para conducir. Además, deben de tener la póliza del seguro obligatorio contra accidentes, en etapa vigente.
  • Artículo 21. No se otorgará licencia de conductor a quien carezca de aptitudes físicas o mentales que lo habiliten para conducir un vehículo motorizado.
  • Artículo 74. Los vehículos motorizados deberán utilizar señalizadores eléctricos de viraje, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 142.
  • Artículo 77. Las motocicletas, motonetas, bicimotos, triciclos y bicicletas, no podrás usarse para llevar mayor número de personas para el que fueron diseñados y equipados.
  • Artículo 84. Los conductores de motocicletas, motonetas y bicimotos, deberán utilizar el casco protector reglamentario al igual que el acompañante.

 


 

En Bolivia la población está sujeta a cumplir las reglas que dicta la legislación vial, misma que fue elaborada para crear las normas de convivencia y urbanidad entre las personas que habitaban en las diferentes áreas bolivianas.

Esta reglamentación se actualizó y requirió cambios, con el incremento de la población y de los diferentes sistemas de transporte, estos últimos dieron origen a una nueva normatividad, denominada legislación vial que hasta ahora incluye diversos artículos vinculados a los peatones, conductores, automóviles, camiones y registros, entre otros.

La legislación Boliviana contempla lo siguiente:

  • Artículo 69 Seguridad Vial: en materia de seguridad vial, se desarrollaran anualmente planes y proyectos para disminuir el tráfico y construir reductores de velocidad.
  • Artículo 70. Regulación de tránsito. Aplicar el reglamento de ley para regular la circulación de peatones, vehículos motorizados y no motorizados, límites de velocidad máximos y mínimos y todo lo relacionado con la red vial.
  • Artículo 50. Peatones. Son peatones todas las personas que transitan a pie, las personas con discapacidad que circulan en una silla de ruedas con motor o sin él, que transitan por la vía pública y que tienen que acatar las leyes que rigen para el tránsito urbano.
  • Artículo 51. Derechos del peatón.

Todo peatón ejerce los derechos siguientes

  • Circular en espacios públicos exclusivos que garanticen su seguridad y libre circulación.
  • Ser considerados dentro de la planificación urbana, con un trato equitativo en el diseño de la red vial.
  • Derecho preferente de paso sobre los vehículos motorizados en la red vial, respetando la señalización y las reglas de circulación.
  • Derecho preferente de paso sobre las bicicletas en las aceras.
  • Transitar en un medio saludable y gozar del espacio público, bajo condiciones de bienestar psicológico y físico
  • Circular libre de restricciones, por las aceras, pasos peatonales y por todas las infraestructuras destinadas para el uso del peatón, salvo las indicadas por las autoridades competentes.

 


En el país sudamericano, los accidentes de tránsito ocurren continuamente y son ocasionados por descuidos como: ir atendiendo el teléfono celular, no llevar abrochado el cinturón de seguridad, haber bebido alcohol antes de conducir y no llevar puesto el casco al conducir una motocicleta. Por lo tanto, la seguridad vial se ha convertido en una prioridad en la política del Gobierno Argentino, quien, a través de la Secretaria de Gobierno, creo la campaña “Elegí la vida”. Está cruzada, forma parte de una empresa mucho más grande denominada “Campaña de Educación y Seguridad Vial”. Cuya implementación favorecería el conocimiento y acatamiento de las normas de tránsito.

La campaña de educación vial se planteó los objetivos siguientes

  • Minimizar los índices de siniestralidad vial registrados en la ciudad.
  • Disminuir los índices de ocurrencia de las faltas de tránsito más frecuentes.
  • Reducir las consecuencias materiales y humanas de los accidentes viales.

Ejes de Acción

Además, de la creación del programa de educación vial, para el desarrollo y cumplimiento de las normas viales en Argentina, se evaluaron los resultados obtenidos de las experiencias nacionales e internacionales, de países semejantes a Argentina en el ámbito vial, con lo cual el gobierno tomó una serie de decisiones que denominó Ejes de Acción.

  • Extender el acatamiento de las reglas viales, a través de programas actualizados de educación vial que sensibilicen y conciencien a la población, y a la sociedad en general.
  • Reconstruir la infraestructura vial en aquellos lugares asociados con los accidentes viales.
  • Incrementar la cantidad y calidad de los mecanismos de control de la Policía Municipal.
  • Actualizar la normativa de tránsito, transporte y seguridad vial, así como, todas las cuestiones no incluidas actualmente.
  • Optimizar el tratamiento de las infracciones de tránsito para sancionar en tiempo y forma las violaciones a la ley correspondientes.