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El pasado mes de abril Guayaquil, Quito y Cuenca asumían las competencias de la gestión integral del tráfico, transporte y seguridad vial en sus jurisdicciones. Aun así, sólo el municipio de Cuenca ha empezado a matricular vehículos, según el diario ecuatoriano El Comercio.

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El Consejo Nacional de Competencias (CNC) ha dado un año de plazo a estos municipios para asuman los servicios que actualmente ofrece la Agencia de Tránsito, salvo la entrega de carnets. En este sentido, el municipio de Cuenca se ha adelantado a los procesos previstos, tanto en la parte administrativa como en la operativa.


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Con el objetivo de unificar los criterios y costes de las multas en todo el país, se han reunido diversas autoridades uruguayas y han definido la creación del manual único del conductor, así como el registro único de conductores.

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A la reunión han asistido, según el portal de “La Red 21”, la Unidad Nacional de Seguridad Vial (UNASEV) y los directores de los distintos departamentos de tráfico y Policía Caminera. Además de los objetivos ya descritos, se buscaba homogeneizar los criterios para habilitar a los conductores, lo que incluye un manual y exámenes comunes para toda la nación.


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Seguridad vial en México: teléfono celular y aumento de los accidentes de tránsitoEn las grandes metrópolis de México, como el Distrito Federal, Guadalajara, Monterrey y Puebla, entre otras, los accidentes de tránsito que ocurren en mayor proporción se deben a la conducción bajo los efectos del alcohol y con exceso de velocidad. Estos marcan una tendencia a la baja, de acuerdo a los programas de seguridad vial implementados por el gobierno.

No obstante, empiezan a prevalecer accidentes que son causados por distracciones como hablar por teléfono celular, manipular dispositivos electrónicos en el tablero del automóvil, emplear audífonos para escuchar música, entretenerse con la mascota y mirar el espejo arreglándose.

 

Riesgos del uso del teléfono celular

El Centro Nacional para la Prevención de Accidentes menciona que la actividad combinada de hablar por teléfono celular y conducir al mismo tiempo equivale a desempeñar un movimiento  de 50 metros con los ojos cubiertos. Por otra parte, la acción de contestar durante la conducción es similar a cerrarlos e iniciar el recorrido de los 50 metros.  Los riesgos aumentan cuando se marcan números, reciben recados e inician conversaciones, considerando que para todas estas acciones en los planes de educación y seguridad vial solo existe la recomendación de no utilizar el teléfono si maneja.

Actualmente, la legislación en México no sanciona el uso de estos dispositivos, aun cuando son causales de accidentes de tránsito. La acción frecuente de enviar mensajes y hablar desde el teléfono celular son distractores que producen choques, colisiones y atropellamiento.

De acuerdo con la Organización Panamericana de la Salud (OPS), esta distracción equivale a que el organismo acumule 0.8 gramos de alcohol por decilitro de sangre (3 cervezas). Cantidad de alcohol que es objeto de sanción y multa, una opción para incluirse en la seguridad vial, y aplicarse a los usuarios del celular mientras conducen.


Se retirará el carnet a quienes pasen en rojo en Buenos AiresLos conductores que se salten un semáforo en Buenos Aires podrán perder temporalmente la licencia de conducir. La norma, aprobada por la Legislatura, según el diario Clarín, obligará también a pagar la multa y detraerá puntos de la licencia.

 

Hasta ahora, la aplicación tan estricta de la ley sólo se aplicaba si quienes se pasaban la señal luminosa lo hacían por encima de los límites de velocidad establecidos. La modificación que aprobaba la Legislatura viene como consecuencia de las demandas de las asociaciones de víctimas de accidentes de tránsito.

 

Una ley endurecida

El motivo por el que se penalizaba con la retirada de la licencia de conducir sólo a quienes se saltaban los semáforos demasiado rápido era el de diferenciar entre quienes les hacían caso omiso a propósito y quienes empezaban a cruzar en verde pero la densidad del tráfico los obligaba a terminar la maniobra en rojo.

Pero los responsables han considerado esta sanción demasiado blanda, de modo que desde el órgano legislativo se ha explicado que los diputados han recibido un apunte del Consejo Consultivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, integrado por profesionales y representantes de las asociaciones de víctimas. En la nota se pedía el endurecimiento de la ley.

 

Se retiene la licencia independientemente de la velocidad

De este modo, la reformada normativa dicta que el Gobierno bonaerense podrá retener la licencia de conducir de aquellos conductores que inicien el paso de un cruce cuando el semáforo ya está en rojo, lleven la velocidad que lleven. La norma considera que el tiempo entre el amarillo y el rojo es suficiente para detenerse en condiciones de seguridad.

Además de perder temporalmente la licencia, el infractor ha de contar con una multa de entre $249 y $2.490 y perderá cinco puntos en su scoring, sanciones que pretenden ayudar a que bajen las estadísticas de una infracción que se ha registrado 30.450 veces en lo que va de año. De entre los multados, 18.000 eran conductores particulares.

Para controlar que se cumpla la ley, el gobierno local cuenta con los agentes del Cuerpo de Control de Tránsito: unas mil unidades que trabajan dividas en seis turnos, algunos de ellos superpuestos.


Artículos de la Ley de Tránsito argentina implicados con la Seguridad VialEn Argentina la legislación nacional establece los derechos y obligaciones que rigen sobre los ciudadanos de todo el país; por otro lado, la reglamentación vial, establece las normas y señalizaciones de prevención de accidentes de tránsito protegiendo la vida de las personas.

La seguridad vial puede verse transgredida por varios mecanismos similares a los descuidos que causan los accidentes de tránsito, como conducir con exceso de velocidad debido a la autoconfianza y conducir después de consumir bebidas alcohólicas o drogas, entre otros.

Los artículos de la ley de tránsito (ley 24.449), que están directamente relacionados con la seguridad vial son los que se indican a continuación, no obstante, ello no significa que el resto de los artículos no tengan implicación alguna.

Artículo 6. Consejo Federal de Seguridad Vial

Este consejo fue creado y está constituido por todas las provincias, el gobierno federal y la capital federal. La misión es armonizar los intereses y acciones de todas las jurisdicciones para alcanzar los objetivos establecidos.

Artículo 7. Funciones del Consejo Federal de Seguridad Vial

Las funciones del consejo son: dar a conocer políticas de prevención de accidentes, sugerir medidas de interés general, estimular la educación vial, organizar la capacitación de técnicos y funcionarios, evaluar constantemente la efectividad de las normas técnicas y legales, fomentar y desarrollar la investigación accidentológica, promoviendo la implementación de las medidas que resulten de la investigación.

Artículo 9. Educación vial.

Este artículo corresponde a la ampliación de los alcances de la ley 23.348 para el correcto uso de la vía pública. Se dispone que la enseñanza de la educación vial se haga en los niveles de enseñanza preescolar, primaria y secundaria. Por otro lado, establecer materias, especialidades que capaciten en la enseñanza técnica, terciaria y universitaria, para habilitarse y servir a los fines de la actual ley. Establecer y difundir diversos mecanismos, eventuales y permanentes para prevenir accidentes, en todo el país.