Ví­deo curso autoescuela: Tasas de alcohol en sangre 1ª parte

No podrán circular los conductores de vehí­culos en general con tasas de alcohol en sangre superiores a 0,5 gramos por litro de sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro de aire.

Cuando se trate de vehí­culos destinados al transporte de mercancí­as con un peso máximo autorizado superior a 3.500 kilogramos, o si se trata de vehí­culos destinados al transporte de viajeros de más de 9 plazas o de servicio público, de transporte escolar y de menores, o los de mercancí­as peligrosas o vehí­culos de servicio de urgencia o transportes especiales, sus conductores no deberán conducir con una tasa de alcohol superior a 0,3 gramos por litro de sangre ni de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro de aire.

Los conductores de cualquier vehí­culo no podrán superar la tasa de alcohol en sangre de 0,3 gramos por litro, ni de alcohol en aire espirado de 0,15 miligramos por litro, durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia que les habilita para conducir.

La única tasa de alcoholemia segura para conducir es CERO.

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Javier Merino
Profesor de Formación Vial

Sobre el autor

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Blog dedicado a la conducción, las autoescuelas y la seguridad vial. Está creado por un grupo de profesionales de la formación vial que comparten inquietudes y experiencias. Aquí­ podrás encontrar información variada sobre el dí­a a dí­a de la autoescuela, exámenes, test o novedades y consejos para una conducción más segura.

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