Ví­deo curso autoescuela: Luz de largo alcance

 

Todo vehí­culo equipado con luz de largo alcance o carretera que circule a más de 40 kilómetros por hora, entre el ocaso y la salida del sol, fuera de poblado, por ví­as insuficientemente iluminadas o a cualquier hora del dí­a por túneles, pasos inferiores y tramos de ví­a afectados por la señal «Túnel» (S-5) insuficientemente iluminados, la llevará encendida, excepto cuando haya de utilizarse la de corto alcance o de cruce,  especialmente para evitar los deslumbramientos.

La luz de largo alcance o de carretera podrá utilizarse aisladamente o con la de corto alcance.

Se prohí­be la utilización de la luz de largo alcance o de carretera siempre que el vehí­culo se encuentre parado o estacionado, así­ como el empleo alternativo, en forma de destellos de la luz de largo alcance o de carretera y de la luz de corto alcance o de cruce, con finalidades distintas a las previstas en este reglamento.

Se entiende por ví­a insuficientemente iluminada aquella en la que, con vista normal, en algún punto de su calzada, no pueda leerse la placa de matrí­cula a 10 metros o no se distinga un vehí­culo pintado de oscuro a 50 metros de distancia.

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Javier Merino
Profesor de Formación Vial

Sobre el autor

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Blog dedicado a la conducción, las autoescuelas y la seguridad vial. Está creado por un grupo de profesionales de la formación vial que comparten inquietudes y experiencias. Aquí­ podrás encontrar información variada sobre el dí­a a dí­a de la autoescuela, exámenes, test o novedades y consejos para una conducción más segura.

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