Abrir una autoescuela en España VI: obtención de los certificados de aptitud

Seguimos con nuestra serie de artí­culos sobre cómo abrir una autoescuela en España. En esta ocasión, vamos a hablar de la obtención de los certificados de aptitud.

Los certificados de aptitud que habilitan para ejercer, respectivamente, funciones directivas y docentes en las Escuelas Particulares de Conductores, son expedidos por la Dirección General de Tráfico previa superación de las pruebas y cursos que se establecen.

Profesor de autoescuela

El Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial podrá obtenerse superando los cursos o pruebas que al efecto se convoquen. Generalmente, la Dirección General de Tráfico convoca este curso a comienzos de cada año.

Los requisitos para poder tomar parte en las pruebas son:

  1. Estar en posesión, como mí­nimo, del tí­tulo de Educación Secundaria Obligatoria o del tí­tulo de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio).
  2. Ser titular del permiso de conducción ordinario de la clase B, al menos, con una antigí¼edad mí­nima de dos años.
  3. Poseer las aptitudes psicofí­sicas que se determinen por el Ministerio del Interior a propuesta de la Dirección General de Tráfico. No obstante, quienes, sin poseerlas, estén en posesión de un permiso de conducción de la clase B o un permiso extraordinario de la clase B, al menos, sujeto a condiciones restrictivas, con una antigí¼edad mí­nima de dos años, obtenido al amparo de lo dispuesto en el apartado 2 del artí­culo 7 del Reglamento General de Conductores, podrá obtener un certificado de aptitud limitado a enseñanzas de carácter teórico.

Las pruebas serán de carácter objetivo y en ellas se valorarán los conocimientos, la aptitud pedagógica y la experiencia práctica. Los cursos de Profesor de Formación Vial constan de Fase Previa (teorí­a y práctica), Primera Evaluación y Segunda Evaluación. La parte teórica de los cursos comprenderá, al menos, preguntas sobre:

  • Normas y señales reguladoras de la circulación.
  • Cuestiones de seguridad vial, técnica de conducción y circulación, conducción económica, medio ambiente y contaminación, accidentes de circulación, causas y factores que intervienen en los mismos.
  • Reglamentación general de vehí­culos y en especial de los vehí­culos pesados, de transporte de personas y mercancí­as, prioritarios y especiales.
  • Seguro de automóviles.
  • Normativa por la que se regulan los permisos de conducción, sus clases y las pruebas de aptitud a realizar para su obtención.
  • Normativa por la que se regulan el aprendizaje de la conducción y los centros de formación de conductores.
  • Pedagogí­a y Psicologí­a aplicadas a la conducción.
  • Mecánica y entretenimiento simple de los automóviles.
  • Comportamiento y primeros auxilios en caso de accidente de circulación.

Director de autoescuela

Para obtener el Certificado de Aptitud de Director de Escuelas de Conductores será necesario estar en posesión del certificado de aptitud de profesor de formación vial o de profesor de escuelas particulares de conductores y superar los cursos o pruebas que al efecto se convoquen.

Los cursos o pruebas versarán sobre la normativa que regula las escuelas particulares de conductores, tramitación administrativa y conocimientos generales de gestión de empresas aplicada a la gestión y dirección de dichas escuelas, estadí­sticas, organización y dirección de centros docentes y psicologí­a de las organizaciones.

Estas pruebas también son convocadas anualmente por la Dirección General de Tráfico.

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